El pasado 10 de septiembre se hicieron públicas las conclusiones sobre el índice de referencia para préstamos hipotecarios (IRPH) realizadas por el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Maciej Szpunar. Szpunar declaró que el IRPH puede no ser un índice transparente para los titulares de una hipoteca, por lo que le corresponderá a los jueces decidir si lo consideran abusivo.
¿Qué es el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios o IRPH?
El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios o IRPH es un índice elaborado por el Banco de España, calculado según la media de los tipos de interés de los créditos concedidos por las entidades bancarias. El IRPH es el segundo índice de referencia más utilizado para calcular las hipotecas en España.
Para saber si tu hipoteca está suscrita al índice IPRH, debes revisar la escritura del préstamo hipotecario, en donde se hará alusión al índice de referencia utilizado para su calculo y verás si está referenciada o no a este índice.
Control de transparencia del IRPH por parte de los Jueces nacionales
En las conclusiones, Maciej Szpunar afirma que la fórmula matemática que se utiliza para sacar el IRPH resulta compleja y poco transparente para un consumidor medio e insta a las entidades a explicar la evolución pasada de este índice para que el cliente tome una decisión prudente y con pleno conocimiento de causa. El abogado precisa, así mismo, que el juez nacional debe comprobar si cuando se firmó el contrato, se expuso de forma transparente el método de cálculo del tipo de interés, de forma que el consumidor pudiera valorar, basándose en criterios precisos e inteligibles, las consecuencias económicas que se derivan para él y, por otra parte, si este contrato cumple con todas las obligaciones de información previstas en la normativa nacional.
Szpunar argumenta que las entidades bancarias no están obligadas a utilizar uno de los seis índices de referencia oficiales, incluido el IRPH, por lo que podían haber optado por el euríbor. Por lo tanto, al no tratarse de una cláusula que refleje una disposición legal imperativa, está comprendida dentro de la Directiva europea sobre cláusulas abusivas y puede ser objeto de control.
En este sentido, el abogado general cuestiona así la doctrina del Supremo fijada en diciembre de 2017, cuando estableció que el IRPH no forma parte del contrato y que su uso no implica necesariamente un abuso y es, por tanto, favorable a los intereses de los afectados por el índice.
Afectados por hipotecas con IRPH
El IRPH se calcula a raíz de los tipos de interés medios que cobran los bancos, y antes, también las cajas. Después del euríbor, es el segundo índice más utilizado para calcular el precio de las hipotecas en nuestro país. A día de hoy, se estima que el 10% de las hipotecas están referenciadas al IRPH, lo que superaría el millón de afectados.
Los hipotecados con IRPH deben tener en cuenta que las conclusiones del abogado europeo no son vinculantes, aunque podrían sentar un precedente, ya que en buena parte de los casos el fallo de los jueces suele ir en la misma línea que el de los abogados generales. Se calcula que no será hasta el primer trimestre de 2020 cuando el TJUE tome la decisión definitiva sobre este asunto.