Qué hacer si tu seguro te reclama por un accidente con alcoholemia

10 de febrero de 2020
En general, en caso de accidente de circulación la compañía de seguros del vehículo responsable del accidente siempre responderá frente al perjudicado.  Pero ¿Qué pasa si el conductor del vehículo se encontraba bajo los efectos del alcohol? ¿Podrá la compañía de seguros exigir a su propio asegurado el recobro de la indemnización abonada con base al clausulado de la póliza?

Responsabilidad civil del conductor y de la compañía de seguros

El tema de la responsabilidad civil es imprevisible. Cuando se da un accidente de tráfico en que el alcohol está presente, existen varias dudas sobre la responsabilidad de cada uno de los implicados.

La compañía de seguros del vehículo que provoca el accidente por alcoholemia tiene la obligación de cubrir todos los gastos producidos ya sean materiales o personales. Una vez abonados dichos gastos, la aseguradora, puede hacer uso del Derecho de repetición y reclamar al asegurado el importe abonado. En el caso del conductor responsable del accidente, deberá hacer frente a una sanción penal, una multa y a la posible reclamación por parte de la aseguradora.

En un primer estadio, la norma nos indica que las aseguradoras no podrán exigir este recobro en los siguientes casos:

  • Cuando el siniestro se haya producido por culpa o negligencia del perjudicado.
  • En accidentes producidos por causa de una fuerza extraña a la conducción.
  • Debido al funcionamiento del vehículo.

Derecho de repetición ¿Qué es? ¿Prescribe?

El derecho de repetición es un concepto de se aplica en los seguros de vehículos. El derecho de repetir permite a la aseguradora reclamar al asegurado después de pagar la indemnización, siempre y cuando se den una serie de circunstancias concretas. Por ejemplo, que el conductor del vehículo responsable del accidente se encuentre en estado de embriaguez.

Hay que tener en cuenta que el derecho de repetición del asegurador prescribe después de un año desde la fecha en que se pagó la indemnización.

Cláusulas de delimitación de cobertura y cláusulas limitativas de derechos

El Tribunal Supremo ha determinado los criterios y requisitos que deben tenerse en cuenta a la hora de firmar un contrato de seguro, concretamente respecto de cláusulas limitativas de derechos del asegurado y cláusulas de delimitación del riesgo cubierto.

Así, las cláusulas limitativas de los derechos del asegurado deben ser claras, transparentes, sencillas y estar aceptadas expresamente por escrito, así como que deben estar reflejadas en las condiciones particulares del contrato.

Por su parte, las cláusulas delimitativas del riesgo, pueden incluirse en las condiciones generales y solo bastará que conste la aceptación del asegurado.

Por tanto, si en el contrato de seguro obligatorio de vehículo hay una cláusula que señala que la aseguradora excluye la responsabilidad civil en caso de embriaguez del conductor, esto es, que la aseguradora puede poner una reclamación contra su propio asegurado en caso de accidente por alcoholemia y reclamarle las indemnizaciones pagadas. Se trata de una cláusula limitativa del derecho del asegurado, y para que pueda operar, deberá cumplir una serie de requisitos como que el contrato tenga la firma del asegurado al margen o que conste en negrita y mayúscula.

Ainoa Calderón
Escrito por Ainoa Calderón