En MLT asesores contamos con un equipo de abogados especializados en derecho mercantil que se encargará de asesorarte sobre las ventajas del factoring y sobre la viabilidad, en caso de tener impagos de clientes, de realizar dicho contrato.
El factoring es una operación financiera en la que un empresario cede facturas o otros documentos de crédito que tiene pendiente de cobrar, a una empresa especializada en cobros que denominamos empresa de factoring.
Las empresas de factoring suelen ser entidades bancarias o empresas especializadas, y se encargan de gestionar las facturas pendientes de cobro de otras empresas y de reembolsarlas al patrimonio del empresario a cambio de un porcentaje.
Por otro lado, el cliente deberá facilitar toda la información sobre las deudas pendientes a la empresa encargada del factoring para que se pueda garantizar la existencia del crédito y se pueda notificar a los deudores que sus créditos han pasado a manos de la empresa de factoring.
Ventajas y desventajas del factoring
La principal ventaja para una empresa que contrata factoring es que cobra de inmediato la cantidad que se le debe, pero deberá soportar el coste de operación. Esto es muy útil para aquellas empresas con problemas de liquidez o que tienen un gran volumen de cobros, puesto que supone un gran ahorro en los costes administrativos que pueden generar la gestión de los impagos (burofax, procedimientos monitorios…).
Uno de los aspectos negativos de la cesión de las deudas a empresas especializadas en factoring es que suelen exigir una cesión global de la cartera de deudores, así como un volumen mínimo de operaciones. Esto supone que asumen los cobros de aquellos deudores de difícil cobro, pero también de los que no representan problemas y que por lo tanto ya no cobrarán la totalidad del crédito. La sociedad de factoring selecciona la cartera de deudores con los que quiere trabajar.
Elementos del contrato de factoring
Al elaborar un contrato de factoring hay una serie de elementos que debemos tener en cuenta e incluir de forma expresa.
- Pago: en función del momento en el que se pagan los créditos al empresario se distingue entre el factoring con pago al cobro, factoring con pago al cobro con una fecha límite, y factoring con pago al vencimiento o a una fecha previamente establecida.
- Financiación: se distingue el factoring con y sin anticipo, según si el cliente recibe o no anticipos sobre los créditos cedidos. Se aplican intereses por el adelanto de las cantidades y esté variará según el plazo del anticipo y el riesgo que se asuma.
- Ubicación: se distingue entre factoring nacional e internacional. En el factoring nacional todos los elementos personales residen en el mismo país. En el factoring internacional, también conocido como factoring de exportación, el cliente y el deudor residen en diferentes estados.
Tipos de contrato de factoring
En función del riesgo que asume la empresa distinguimos entre diferentes modalidades de factoring, y que deberemos especificar en el contrato:
- Factoring sin recurso: adquisición de los créditos de una empresa contra sus clientes, sin recurso contra el empresario. Aunque haya impago por parte del deudor, el factor asume el riesgo de la insolvencia.
- Factoring con recurso: cesión de los créditos, pero con cláusula que indica que si el deudor no paga, el factor recupera su crédito.
- Factoring con cesión de los créditos en comisión de cobranza: no hay una operación de financiación al empresario que cede los deudores a la empresa de factoring, pues éste queda a la espera del resultado de la gestión de cobro por parte del factor. Cuando se produzca el pago por parte del deudor el factor, será cuando cobre el cedente.
¿En qué casos se puede extinguir?
Se pueden extinguir los contratos de leasing por diferentes causas. La forma más habitual de que se extingan es cuando ambas partes han cumplido sus obligaciones, en ese caso ambas quedarán liberadas. Otro caso, lo encontramos en el comportamiento opuesto, es decir, por el incumplimiento de contrato por alguna de las partes o ambas, en ese caso, la parte afectada podrá pedir la resolución del contrato y si es necesario, la indemnización correspondiente.
También se puede extinguir un contrato de leasing cuando se producen alteraciones de las circunstancias que llevaron a ambos a asociarse, es decir, que se modifica la situación de los deudores por los cuales el empresario ha contratado dicha empresa.
Finalmente, se puede extinguir al llegar a un acuerdo mutuo o al llegar a la cuantía establecida por contrato.