Disponer de un bien mediante un contrato de leasing es una opción ventajosa para muchas empresas. Nuestros abogados mercantilistas analizan sus características, tipologías y la importancia de formalizarlo mediante un contrato de leasing personalizado.
El contrato de leasing es un contrato de tipo mercantil de origen anglosajón que poco a poco se ha difundido en otros países. En España, el contrato de leasing no tiene una regulación específica, pero a efectos fiscales es lo mismo que hablar de arrendamiento financiero, que sí tiene normativa reguladora (disposición adicional 3ª de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades de crédito).
Podemos definir el contrato de leasing o contrato de arrendamiento financiero como aquel contrato perfeccionado entre una sociedad de leasing con un empresario en virtud del cual la empresa de leasing transmite al financiado el uso y disfrute de un bien a cambio de una prestación periódica por un tiempo determinado. Al terminar el plazo se debe devolver el bien, prorrogar el plazo o ejercitar la opción de compra. Finalmente, en caso que el producto se quede tecnológicamente obsoleto, se puede solicitar la sustitución del bien por otro de tecnología más avanzada.
Por lo que se refiere a las obligaciones del arrendatario o financiado, se obliga a pagar un canon periódico que al final del contrato equivaldrá al valor del bien. Asume los riesgos de pérdida o deterioro del bien, sin adquirirlo en propiedad.
Ventajas y desventajas del leasing
Si estás pensando en contratar un leasing, debes tener en cuenta las siguientes ventajas respecto otras formas de financiación:
- Permite financiar el total de la inversión: no requiere un desembolso inicial para empezar a utilizar el bien, así que puedes proseguir tu actividad empresarial sin tener que esperar a pagar una entrada.
- Se puede aplicar las amortizaciones sobre los bienes: la inversión se considera un gasto fiscalmente hablando, por lo que se reducen los beneficios de la empresa y se pagan menos impuestos.
- Propiedad del bien: una vez finalizado el contrato puedes quedarte el bien en propiedad.
- No genera un aumento en la deuda, por lo que no penalizará a la hora de pedir un préstamo en una entidad de crédito.
- Posibilita la adaptación más rápida a los cambios tecnológicos al poder sustituir el bien en caso de obsolescencia.
Por el contrario, el leasing también comporta una serie de desventajas:
- Puede salir mucho más caro que las condiciones ofrecidas por una entidad financiera.
- No se puede conseguir la propiedad del bien antes de la finalización del contrato.
- Se paga siempre la misma cuantía a pesar de que el bien se vaya deteriorando.
Tipos de contratos de leasing
El contrato de leasing tiene diferentes tipologías en función de su finalidad o el tipo, dependiendo de una serie de criterios:
| Finalidad del contrato |
Objeto del contrato |
- Leasing operativo: contrato por la cual una empresa, se obliga a ceder temporalmente a otra el uso de un bien a cambio de una renta periódica obligándose a sustituir la tecnología obsoleta.
- Leasing financiero: contrato de leasing por el que una de las partes se obliga a adquirir de un tercero un bien, que la otra parte ha elegido previamente, contra el pago de un precio mutuamente convenido para su use y disfrute durante un periódo de tiempo.
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- Leasing mobiliario: contrato celebrado entre una empresa de leasing y un usuario, que se obliga a adquirir un bien mueble elegido previamente por el usuario y luego cederle a éste el uso, por un plazo determinado y a cambio de un pago periódico. Finalizado el plazo se puede adquirir pagando el valor residual.
- Leasing inmobiliario: contrato en virtud del cual una sociedad en lugar de adquirir un inmueble contrata con la empresa o sociedad de leasing que lo adquiere de un tercero y se lo cede en uso por un tiempo determinado, contra el pago del canon arrendaticio pactado y normalmente con un pacto de opción de compra a favor del usuario.
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Abogados para la elaboración del contrato de leasing
El contenido de un contrato de leasing debe de adaptarse a los intereses concretos de tu empresa, pero también existen una serie de cláusulas obligatorias que deberán aparecer en el contrato para que pueda considerarse un contrato de leasing y tenga validez a todos los efectos.
En MLT asesores, nuestros abogados especializados en Derecho Mercantil se encargan de asesorarte para proteger tus intereses y garantizar el cumplimiento del contrato, elaborarán y revisarán tu contrato de leasing para asegurar que figuran todas las cláusulas obligatorias e incluirán aquellas que se adecuen a las particularidades de tu negocio.