Se endurece el código penal en materia de tráfico y abandonar el lugar del accidente se considera delito.
Hace poco nuestros abogados nos daban una serie de recomendaciones sobre qué hacer en caso de sufrir un accidente y cómo reclamar una indemnización por accidente de tráfico. Una de las reformas recientes que afectan a nuestro Código Penal es la que nos trae la Ley orgánica 2/2019, de 1 marzo, en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción del abandono del lugar del accidente. La reforma endurece determinadas conductas y crea un nuevo tipo delictivo: el abandono del lugar del accidente.
Hasta ahora ya se consideraba delito el omitir nuestra obligación de socorrer a quien necesita auxilio. Sin embargo, la nueva reforma quiere distinguir al conductor que ha provocado el accidente de tráfico por imprudencia o voluntariamente, y abandone el lugar de los hechos tras causar un accidente con resultado de muerte o lesión.
Penas por abandono del lugar del accidente de tráfico
El nuevo delito de abandono del lugar del accidente estará castigado con una pena de prisión que irá de los 6 meses a los 4 años, y privación del derecho a conducir de 1 a 4 años.
Así mismo, el Juez podrá imponer una pena de hasta 9 años de prisión por la existencia de notorio gravedad, o bien por el fallecimiento de dos o más personas, o el fallecimiento de una y producción de lesiones en el resto de víctimas.
Cuando hubiera una pluralidad de personas que sufrieran determinadas lesiones (las tipificadas en el art. 152.1.2º o 3º) o exista un número elevado de lesionados, el juez puede incrementar la pena en grado.
Mayores sanciones para las imprudencias graves
Se establecen mayores sanciones para accidentes con resultado de muerte si el conductor conduce bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, bebidas alcohólicas o exceso de velocidad. Estos hechos se consideran una imprudencia grave, ya que la conducción bajo dicha influencia reviste hoy en día una especial negligencia del conductor.