IVA reducido al gas y otras reducciones

5 de enero de 2023

Se introducen modificaciones en la Ley de Impuesto sobre el Valor Añadido (LIVA) en materia energética como es la energía eléctrica, el gas natural o la leña, reducciones de IVA sobre determinados alimentos y prorrogación de IVA reducido para mascarillas o servicios para combatir el Covid-19.

Todas estas medidas fiscales son de carácter temporal y han sido aprobadas el día 28 de diciembre de 2022 mediante la publicación en el BOE el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la Isla de La Palma y otras situaciones de vulnerabilidad, que entre otras cuestiones introduce medidas en materia fiscal en el ámbito de la energía y otras medidas destinadas a amortiguar el alza de los precios. 

Reducción del IVA reducido al gas

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023 se aplicará el tipo impositivo del 5% de IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de gas natural, briquetas y pellets procedentes de biomasa y a la madera para leña.

Rebaja de impuestos eléctricos

Desde el 1 de julio de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2023 se aplicará el tipo impositivo del 5% de IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica a favor de:  

  • Titulares de contratos de suministro de electricidad, cuya potencia contratada (término fijo de potencia sea inferior a 10 kW con independencia del nivel de tensión del suministro y la modalidad de contratación, cuando el precio medio aritmético del mercado diario correspondiente al último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación haya superado los 45 €/MWh. 
  • Titulares de contratos de suministro de electricidad que sean perceptores del bono social de electricidad y tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social. 

El IVA de productos alimentarios

Durante el 2023 se reduce o elimina el IVA de determinados productos alimentarios:

Desde el 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2023, se aplicará el tipo del 5% de IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de los productos como son los aceites de oliva y de semillas y las pastas alimenticias.

Desde 1 de enero y hasta el 30 de junio de 2023 se aplicará el tipo del 0% de IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de los siguientes productos alimenticios:

  • Pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común. 
  • Harinas panificables. 
  • Leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasteurizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo. 
  • Quesos. 
  • Huevos. 
  • Frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo. 

Prórroga de medidas en materia sanitaria

Se prorrogan las siguientes medidas relacionadas con el Covid-19:

  1. Aplicación del IVA al 4% a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de mascarillas quirúrgicas se prorroga hasta el 30 de junio de 2023. 
  2. Aplicación del IVA al 0% a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados bienes y prestaciones de servicios necesarios para combatir los efectos del SARS-CoV-2, así como los efectos del régimen especial del recargo de equivalencia se prorroga hasta el 30 de junio de 2023. 
Ainoa Calderón
Escrito por Ainoa Calderón