Asesoría Fiscal Impuesto sobre el Patrimonio
Si aún tienes dudas acerca de si estás obligado a hacer la Declaración del Impuesto sobre Patrimonio, o si quieres que nuestros asesores fiscales gestionen tu Declaración ponte en contacto con nosotros.
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93 414 47 14El Impuesto sobre el Patrimonio no presenta novedades fiscales. El modelo aprobado tiene la misma estructura de contenidos de la declaración de Patrimonio de ejercicios anteriores. Numerosos contribuyentes están obligados a declarar su patrimonio durante la campaña de la Renta 2022. Comprueba si eres uno de los obligados a declarar el Impuesto sobre el Patrimonio del ejercicio 2022 mediante la presentación del Modelo 714.

El Impuesto sobre el Patrimonio grava las rentas patrimoniales de las personas físicas. Para saber si estás obligado a hacer la Declaración del Impuesto sobre Patrimonio este año y presentar el Modelo 714 deberás tener en cuenta varios aspectos:
El Impuesto sobre el Patrimonio se aplica en base al límite patrimonial fijado, y tiene en cuenta el origen y la titularidad de la renta patrimonial. Concretamente la ley determina que deben presentar la Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio los siguientes contribuyentes:
Con la aprobación de la Ley 38/2022 en diciembre del 2022, se introdujó una modificación relativa al Impuesto sobre el Patrimonio. En concreto, hace referencia a aquellas situaciones en las que una persona física no residente es titular de inmuebles situados en España de forma indirecta a través de sociedades extranjeras.
Mediante esta novedad se ha modificado el artículo 5 de la Ley 19/1991 del Impuesto sobre el Patrimonio por la cual se considerán situados en territorio español los valores representativos de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad, no negociados en mercados organizados, cuyo activo esté constituido en al menos el 50% de forma directa o indirecta, por bienes inmuebles situados en territorio español.
De forma general, el Impuesto sobre el Patrimonio grava las rentas patrimoniales que superan los 700.000€. Sin embargo, en función del lugar de residencia del contribuyente se aplican grandes excepciones ya que se trata de un tipo de impuesto que está directamente recaudado por las Comunidades Autónomas (CCAA). Los diferentes gobiernos autonómicos tienen la potestad para variar el límite exento, e incluso para aplicar bonificaciones en cuota de hasta un 100%.
En el caso de Cataluña se ha reducido el límite exento de tributación del Impuesto sobre el Patrimonio a 500.000€ brutos anuales. Al reducir el importe, son más los contribuyentes que están obligados a presentar el Impuesto sobre el Patrimonio. En el caso de la Comunidad de Madrid por ejemplo, el gobierno autonómico ofrece un 100% de bonificaciones en cuota, reduciendo a cero el número de contribuyentes del impuesto.
A modo de resumen debes tener en cuenta que si resides fiscalmente en Cataluña y durante el ejercicio 2022 has tenido valores patrimoniales de un importe igual o superior a los 500.000€ brutos estarás obligado a declarar el Impuesto sobre Patrimonio y presentar tu Declaración este año mediante el modelo 714.
En enero de 2023 ha entrado en vigor un nuevo impuesto destinado a complementar al Impuesto sobre el Patrimonio. Tiene una idéntica configuración y los sujetos pasivos del nuevo impuesto son aquellos que lo sean del Impuesto sobre Patrimonio y en los mismos términos. La normativa actual permite la deducción de la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio (IP), por lo que en la práctica el nuevo impuesto tendrá un mayor impacto sobre quienes residan en comunidades autónomas en las que el Impuesto sobre el Patrimonio esté bonificado, es decir, señaladamente, la Comunidad Autónoma de Madrid. Esto conlleva una armonización de la fiscalidad patrimonial entre las comunidades autónomas.