Gestoría para presentar el modelo 721
Si tienes monedas virtuales en el extranjero y tienes dudas acerca de si tienes obligación de declararlos, pregunta a nuestros asesores fiscales.
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93 414 47 14Si tiene monedas virtuales situadas en el extranjero es importante saber que en 2024 empezará a aplicarse el modelo 721, un nuevo modelo fiscal para declarar la tenencia de las criptomonedas.
El modelo 721 es un nuevo modelo fiscal para declarar la tenencia de criptomonedas en el extranjero, que comenzará a aplicarse en 2024 en referencia al ejercicio 2023. Cabe recordar que las criptomonedas son monedas virtuales digitales cuya garantía de pago no viene dada por un banco central o por una institución pública, sino por un sistema descentralizado a través de la tecnología Blockchain, custodiadas por personas o entidades que proporcionan servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales.
En este caso, el 1 de abril es la fecha límite establecida por la Agencia Tributaria para presentar el modelo 721. Por tanto, en caso de tener criptomonedas en el extranjero y cumplir los requisitos que veremos a continuación, será necesario presentar este modelo antes de esta fecha para evitar sanciones.
Esta nueva obligación operará en referencia a la totalidad de las monedas virtuales situadas en el extranjero de las que se sea titular, o respecto de las cuales se tenga la condición de beneficiario, autorizado o de alguna otra forma se ostente poder de disposición, o de las que se sea titular real.
No existirá obligación de informar sobre ninguna moneda virtual cuando los saldos a 31 de diciembre de cada tipo de moneda virtual en el extranjero valorados en euros no superen, conjuntamente, los 50.000 euros. En caso de superarse dicho límite conjunto deberá informarse sobre todas las monedas virtuales
Al igual que el modelo 720, la presentación de la declaración en los años sucesivos solo será obligatoria cuando el saldo conjunto hubiese experimentado un incremento superior a 20.000 euros respecto del que determinó la presentación de la última declaración.
Las sanciones por no presentar el modelo 721 serán las mismas que en el caso del modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero (en el que no se incluyen las criptomonedas).
Las sanciones por no presentar el Modelo 721 serán una multa pecuniaria fija de 20 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad que hubiera debido incluirse en la declaración, con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros. En caso de presentación incorrecta la sanción podría consistir en una multa pecuniaria fija de 150 euros.
Para rellenar el modelo 721, se deberá proporcionar la siguiente información: