Gestoría Declaración Renta Barcelona
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93 414 47 14Este 2022 viene con algunas novedades fiscales en relación a la Declaración de Renta del ejercicio 2021. Nuestros asesores fiscales de Barcelona te resumen las principales novedades de Renta 2021 para que estés al día y si lo prefieres delega en nosotros la presentación de tu Declaración.
Se establece un nuevo tramo de tributación del 47% para aquellos contribuyentes con rentas superiores a 300.000 euros y, en esta línea, también la subida al 24,50% de la retención aplicable a los trabajadores cuyo salario excede los 300.000 euros para determinar la cuota íntegra estatal.
Por otra parte, se añade un nuevo tramo de tributación en los tipos de gravamen del ahorro. Desde el 1 de enero de 2021 tributará al 26% aquellos ahorros que excedan los 200.000 euros.
Los contribuyentes que este año van a presentar la Declaración de la Renta en España pero que en los diez años anteriores no habían sido residentes fiscales en el país, deberán pagar un 24% de IRPF por los primeros 600.000 euros ganados en el trabajo y, se establece el nuevo tramo del 47% a partir de los 600.000 euros de ingresos.
Desde el 11 de julio de 2021, todas las personas y entidades residentes en España que realicen cualquier tipo de operación con criptomonedas en cualquiera de sus ámbitos, tales como transferir o almacenar, están obligadas a informar a la Agencia Tributaria de la totalidad de criptomonedas de las que disponen.
En el apartado de «otras ganancias y pérdidas que derivan de la transmisión de elementos patrimoniales» está la casilla 1626, con el título de «saldos en monedas virtuales», lugar donde se deberán incluir los movimientos que se hayan realizado con criptomonedas. En caso de haber obtenido intereses o rendimientos deben hacerse constar en el apartado de Ganancias y Pérdidas.
Consulta nuestro artículo Fiscalidad de Bitcoins y criptomonedas para informarte de todas las obligaciones tributarias si tienes o has comprado o vendido Criptomonedas,
Las ventas en las plataformas de segunda mano solo hay que declararlas si el valor de venta es superior al de la compra. Asimismo, si esta acción se realiza de forma habitual o el volumen de ingresos superior al salario mínimo profesional, el vendedor debería darse de alta como autónomo, declarar el IVA y cumplir con el resto de obligaciones de estos trabajadores por cuenta propia.
Una de las grandes novedades que incluye campaña de Renta 2021 es que se han reducido las deducciones de los planes de pensiones privados de los 8.000 euros a los 2.000 euros anuales. Para más información es posible consultar el artículo Planes de pensiones y su desgravación en Renta.
Se contemplan deducciones para «impulsar la rehabilitación edificatoria» de un 20%, con un máximo de 5.000 euros, en aquellas «obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas» cuyo titular tuviera arrendadas o preparadas para su arrendamiento antes del 31 de diciembre de 2023. No obstante, no disfrutará de esta deducción «la parte de la obra que se realice en plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos, ni en la parte de la vivienda afecta a una actividad económica».
Adicionalmente, se establecen deducciones del 40% para aquellas obras cuyo objetivo sea mejorar «el consumo de energía primaria no renovable», con un máximo de 7.500 euros hasta el 31 de diciembre de 2022.
Asimismo, podrán deducir un 60% las obras de rehabilitación energética las obras realizadas en viviendas del titular de uso residencial, así como en sus trasteros y plazas de garaje hasta el último día del 2023.