¿Cómo se reparte una herencia sin testamento en Cataluña?

4 de mayo de 2016
En una herencia sin testamento es la ley quién indica cómo se reparten los bienes. Un abogado te ayuda en la gestión y en asegurar que la repartición de la herencia se hace de forma correcta y justa.

Hace unas semanas te contábamos cómo se procede a la aceptación de una herencia cuando hay testamento y la importancia de tener uno, así como los tipos de testamento que hay y sus características. Hoy, queremos centrarnos en cómo gestionar una herencia sin testamento, en este caso en Cataluña.

Cuando una persona fallece deberemos obtener el Certificado Literal de Defunción y el Certificado de Últimas Voluntades, entonces sabremos si la persona que ha fallecido ha otorgado o no testamento.

Cuando no existe testamento o bien éste no es válido, y por consiguiente, nada indica cómo deben repartirse los bienes, hablamos de herencia intestada.  Concretamente hablamos de sucesión intestada cuando:

  1. La persona fallece sin dejar testamento o bien deja testamento pero éste es nulo.
  2. Falta la condición puesta a la institución de heredero, cuando el heredero fallece antes que el testador o rechaza la herencia.
  3. El heredero no puede heredar porque no tiene capacidad.

Orden hereditario en Cataluña

Si no se dispone de testamento, es la propia Ley quien indica cómo debe procederse a la repartición de los bienes del causante. En el caso de Cataluña, la herencia se reparte según establece el Código Civil de Cataluña, y el orden a seguir es el siguiente:

  1. La herencia cae en primer lugar a los hijos del causante, por derecho propio, y a sus descendientes, esto es, los hijos del hijo del causante.
  2. Si hay cónyuge viudo éste tendrá usufructo, y si no hay hijos, será el heredero.
  3. Si no hay cónyuge ni hijos la herencia recaerá sobre los ascendientes, que serían los padres en primer lugar y a falta de ellos serían los ascendientes más cercanos.
  4. Si no los hubiese, la herencia sería para los parientes colaterales, empezando por los hermanos.
  5. A falta de todo lo anterior, la herencia sucedería en la Generalitat de Catalunya.
Ainoa Calderón
Escrito por Ainoa Calderón