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93 414 47 14La declaración de la Renta 2025 es una de las principales obligaciones fiscales para contribuyentes, autónomos y empresas en España. Cada año surgen dudas sobre plazos, requisitos y novedades del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
En este artículo te explicamos, de manera clara y práctica, las fechas clave, cómo acceder al borrador y las novedades de la Renta 2025, para que puedas gestionarla sin errores y con total tranquilidad.

Cada año la Agencia Tributaria establece un calendario específico para la presentación de la declaración de la Renta. Conocer estas fechas es clave para evitar sanciones y organizarse con tiempo.
La campaña de la Renta 2025 se desarrollará entre abril y junio del 2026, periodo durante el cual los contribuyentes podrán consultar sus datos fiscales, acceder al borrador y presentar su declaración.
Antes de presentar la declaración, es fundamental conocer las fechas más importantes para cada tipo de trámite. Esto incluye solicitud de referencia, acceso a datos fiscales, presentación y cita previa:
De la misma manera que con las fechas de acceso e inicio de la Renta, conocer el plazo que fine también es esencial para evitar recargos o sanciones por presentar la declaración fuera de tiempo. Estas son las fechas a tener en cuenta:
No todos los contribuyentes deben presentar la declaración. Como resumen general, estos son los aspectos a tener en cuenta para saber si estás obligado o no a realizar este trámite:
En España, no todas las personas están obligadas a presentar la declaración de la Renta, pero hay casos en los que sí es obligatorio. Aquí te lo explicamos de forma simple.
1. Cualquier autónomo
Desde 2023, todas las personas autónomas deben hacer la declaración aunque hayan tenido pocos ingresos. Esto incluye también a los familiares colaboradores de un autónomo.
2. Personas que superen ciertos límites de ingresos
Si tus ingresos pasan ciertos límites según su tipo, tendrás que declarar. Los principales son:
A) Ingresos del trabajo (salarios, pensiones…)
Ejemplos de “más de un pagador”: dos empleos, pensión + trabajo, INSS + Clases Pasivas, etc.
B) Intereses, dividendos o ganancias con retención
Si suman más de 1.600 € al año.
C) Rentas imputadas de vivienda, ayudas públicas y Letras del Tesoro sin retención
Si entre todo superas 1.000 € al año.
3. Personas que quieran aplicarse ciertas deducciones
Aunque no superen los límites anteriores, deben declarar quienes quieran aplicar:
4. Personas que solicitan devolución
Si te han retenido dinero y te corresponde una devolución, debes presentar la declaración, aunque no estés obligado por ingresos.
5. Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital
Tanto la persona titular como toda la unidad de convivencia están obligados a declarar siempre, incluso si no tienen ingresos.
Los menores de edad que formen parte de esa unidad, deberán presentar la declaración de forma individual o conjunta con la unidad familiar.
Para los supuestos de familias beneficiarias del IMV con hijos menores, se recomienda la presentación de una declaración conjunta de todos los miembros en caso de estar casados los progenitores. En ausencia de matrimonio, uno de los dos progenitores podrá presentar declaración conjunta con los hijos, y el otro declaración individual.
Cada año se introducen cambios fiscales y mejoras técnicas que conviene conocer para optimizar la declaración. Éstas son las novedades aplicables en 2026:
El tipo máximo del ahorro aumenta hasta el 30 % para rentas superiores a 300.000 €, afectando a:
Se introduce una deducción de hasta 340 € para contribuyentes con:
Se elimina la obligación general de declarar prestaciones por desempleo; ahora se aplican los límites generales que tienen establecidos para cualquier contribuyente.
Las novedades que se aplican a los módulos y autónomos de este sector son las siguientes:
Se incorpora como método de pago Bizum y se añade el pago con tarjeta de más entidades que las aceptadas hasta el año anterior.
La plataforma incluye actualizaciones que facilitan el proceso:
La declaración de la Renta genera muchas preguntas cada año. A continuación, resolvemos las más comunes para contribuir a que tu presentación sea correcta y sin sorpresas:
¿Tengo que hacer la Renta si estoy en paro?
No todas las personas en situación de desempleo están obligadas a declarar. Solo debes hacerlo si tus ingresos superan los límites generales establecidos por Hacienda. Por ejemplo, si solo percibes prestaciones por desempleo y no superas esos límites, no estarías obligado, aunque siempre es conveniente revisar tu caso específico.
¿Debo declarar si cobro el salario mínimo?
Depende de tu ingreso total anual y del número de pagadores que tengas durante el año. En muchos casos, quienes cobran únicamente el salario mínimo (SMI) no están obligados a presentar declaración, pero si tienes más de un pagador o ingresos adicionales, sí puede ser necesario.
Revisar tu situación personal garantiza que cumples con la obligación sin hacer trámites innecesarios.
Aunque la declaración de la Renta puede parecer sencilla, pequeños errores pueden suponer pagos indebidos o problemas con Hacienda.
En MLT Asesores, nuestro equipo especializado revisa tu borrador, aplica todas las deducciones posibles y presenta tu declaración con seguridad y eficiencia ante la Agencia Tributaria.