Novedades fiscales 2025: Cambios clave

27 de mayo de 2025

Novedades fiscales 2025

El Real Decreto-ley 9/2024 introduce importantes medidas económicas y fiscales que afectan tanto a particulares como a empresas. Aunque aún no ha sido convalidado por el Congreso de los Diputados (según resolución publicada el 22 de enero de 2025), es fundamental conocer sus implicaciones fiscales de cara a este ejercicio. A continuación, te explicamos los principales cambios en el IRPF y el Impuesto sobre Sociedades para 2025.

Principales cambios en el IRPF para 2025

1. Mayor flexibilidad para no declarar la renta

Otra de las novedades fiscales 2025, se eleva el umbral que obliga a presentar la declaración en caso de tener varios pagadores:

  • Solo será obligatorio declarar si el segundo pagador (o siguientes) supera los 2.500 euros anuales (antes eran 1.500 €).
  • Si los ingresos totales no superan los 22.000 euros, muchas personas quedarán exentas de declarar.

2. Cambios en la reducción del 60 % en alquileres

Hasta la campaña de declaración de la Renta 2023, en los supuestos de alquiler destinado a vivienda, el rendimiento neto positivo se podía reducir en un 60 por ciento. Ello siempre y cuando el contribuyente lo aplicara en su autoliquidación sin que mediara ninguna comprobación administrativa.

Sin embargo, el 1 de enero de 2024 entró en vigor una modificación normativa que modula dicha reducción del 60 por ciento en el rendimiento neto del alquiler de vivienda en nuevos porcentajes. A partir de ahora, se comprenderán entre el 50 y el 90 por ciento en función de la casuística concreta.

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3. Deducciones por reformas para eficiencia energética

Las deducciones por obras en viviendas orientadas a mejorar la eficiencia energética seguirán vigentes hasta finales de 2025. Esto incluye mejoras como aislamiento, ventanas o instalación de sistemas más eficientes.

4. Incentivos fiscales para la movilidad eléctrica

  • Hasta el 31 de diciembre de 2025 se mantendrán las deducciones por la compra de vehículos eléctricos o híbridos enchufables.
  • También serán deducibles las inversiones en puntos de recarga domésticos.

5. Imputación de rentas inmobiliarias

Desde enero de 2024, se aplica una imputación del 1,1 % del valor catastral a los inmuebles cuyos valores hayan sido revisados desde 2012. Esto afecta a propietarios de viviendas no alquiladas o de uso no habitual.

6. Más indemnizaciones personales exentas de tributar

Se amplían las exenciones a indemnizaciones por daños personales:

  • Reconocidas por ley, sentencia judicial, mediación o escritura pública.
  • Incluyen también las derivadas de seguros de accidentes, salvo que sus primas hayan sido desgravadas.
  • Se aplicará el baremo oficial de indemnizaciones por accidentes de tráfico para calcular la parte exenta.

7. Indemnizaciones por despido: aclaraciones fiscales

  • Se mantiene la exención para despidos obligatorios según el Estatuto de los Trabajadores.
  • También estarán exentas las indemnizaciones por:
    • Despidos colectivos o económicos.
    • Actos de conciliación oficial.
  • Límite máximo exento: 180.000 euros.

8. Exención en pensiones alimenticias

Las anualidades por alimentos estarán exentas de tributación si están reconocidas en:

  • Convenios judiciales o notariales.
  • Decisiones judiciales o normas autonómicas equivalentes.

Cambios en el Impuesto sobre Sociedades para 2025

1. Gastos no deducibles: Impuesto Complementario

Desde el 1 de enero de 2024, las empresas no podrán deducir en su declaración los pagos correspondientes al Impuesto Complementario.

2. Mejora de la reserva de capitalización

  • El porcentaje de reducción de la base imponible pasa del 15 % al 20 %.
  • Si además se incrementa la plantilla, se aplicarán mayores beneficios:
    • 23 % si la plantilla crece entre un 2 % y 5 %.
    • 26,5 % entre un 5 % y 10 %.
    • 30 % si supera el 10 %.

3. Nuevo tipo reducido para pequeñas empresas

Desde enero de 2025, las empresas que facturen menos de 1 millón de euros anuales tendrán un tipo impositivo más bajo:

  • 17 % para los primeros 50.000 euros de beneficio.
  • 20 % para el resto.

Antes: se aplicaba un 25 % fijo.
Importante: No se aplica a entidades patrimoniales.

4. Nueva fórmula para el cálculo del impuesto mínimo

Se adapta la fórmula del impuesto mínimo para las entidades de reducida dimensión:

  • Se calculará aplicando el tipo impositivo por 15/25 (redondeado al alza).
  • Aplica también a las microempresas conforme al artículo 101 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Conclusión

Estas novedades fiscales de 2025 marcan una evolución importante en la política tributaria española, con beneficios claros para particulares con ingresos medios, empresas que reinvierten y pequeñas entidades. Aunque el Real Decreto-ley 9/2024 aún está pendiente de convalidación, conocer estos cambios es clave para planificar tu ejercicio fiscal.

Adriana Salas
Escrito por Adriana Salas