Novedades en la Jubilación Activa y Parcial

17 de marzo de 2025

Con la reciente aprobación del Real Decreto-ley 11/2024, el Gobierno introduce importantes novedades en la jubilación activa y parcial. Estas medidas, que entrarán en vigor el 1 de abril de 2025, tienen como objetivo fomentar la permanencia en el mercado laboral de los trabajadores mayores y ofrecer opciones más flexibles de transición hacia la jubilación. A continuación, destacamos las claves de estas reformas y su impacto para empresas y empresarios.

Principales Novedades de la Jubilación Activa

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Eliminación del Requisito de Carrera de Cotización Completa

Se elimina la necesidad de acreditar una carrera de cotización completa para acceder a la jubilación activa. Ahora, solo será necesario cumplir con los requisitos mínimos para causar derecho a la pensión, lo que facilita su acceso y promueve la equidad, especialmente desde la perspectiva de género.

Compatibilidad con el Trabajo e Incentivos por Demora

La jubilación activa será compatible con el trabajo, y los pensionistas podrán recibir un porcentaje variable de su pensión en función del tiempo de demora en su acceso:

  • 45% de la pensión cuando la demora sea de un año.
  • Incremento del porcentaje en 5 puntos por cada 12 meses ininterrumpidos de actividad profesional.
  • 100% de la pensión para demoras de cinco años o más.

Además, se podrán sumar los incentivos por demora regulados en el artículo 210 de la Ley General de la Seguridad Social, sin superar el 100% de la pensión. :

1. Incremento del porcentaje aplicable a la pensión

Por cada año completo de trabajo realizado después de alcanzar la edad ordinaria de jubilación, el trabajador puede optar por un incremento adicional del porcentaje de su base reguladora. Este incremento es:

  • 4% adicional por cada año completo trabajado después de la edad de jubilación ordinaria.

2. Cobro de una cantidad a tanto alzado

El trabajador puede elegir recibir una cantidad única como recompensa por los años trabajados tras la edad ordinaria de jubilación. Este importe se calcula teniendo en cuenta:

  • La base reguladora utilizada para calcular la pensión.
  • Los años cotizados.
  • La esperanza de vida a la edad de jubilación.

3. Una combinación de las dos anteriores

El beneficiario puede optar por una fórmula mixta, combinando:

  • Un incremento del porcentaje aplicable a la base reguladora.
  • Un pago único proporcional.

Requisitos clave

Para acceder a estos incentivos:

  1. El trabajador debe haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación, establecida en función de los años cotizados.
  2. Continuar cotizando y trabajando tras alcanzar dicha edad.
  3. Solicitar formalmente la modalidad deseada de incentivo al momento de la jubilación.

Estos mecanismos pretenden reforzar la sostenibilidad del sistema de pensiones, incentivando la prolongación voluntaria de la vida laboral y reduciendo las tensiones económicas sobre el sistema de la Seguridad Social.

Beneficios Adicionales para Autónomos

En el caso de trabajadores por cuenta propia, si contratan a un empleado indefinido con las condiciones especificadas por la ley, podrán optar a un 75% de la pensión en lugar del porcentaje estándar, siempre que la demora sea de entre uno y tres años.

Cambios en la Jubilación Parcial

Ampliación del Anticipo y Flexibilidad en la Jornada

Se extiende de dos a tres años la posibilidad de anticipar la jubilación parcial, con una reducción de jornada que puede variar entre el 20% y el 75% en el primer año, dependiendo del grado de anticipación. Para quienes accedan a la jubilación parcial tras cumplir la edad ordinaria, la reducción de jornada máxima se amplía al 75% de forma general.

Mejoras en el Contrato de Relevo

Los contratos de relevo deberán ser indefinidos y a jornada completa, con la obligación de mantenerlos al menos durante dos años tras la extinción de la jubilación parcial. Esto supone una mejora tanto para los relevistas como para la estabilidad del empleo.

Régimen Especial para la Industria Manufacturera

El régimen transitorio para la jubilación parcial en este sector se amplía hasta el 31 de diciembre de 2029, con ajustes que facilitan una organización más equilibrada de la jornada laboral entre relevistas y jubilados parciales. Además, se evaluará el impacto de estas medidas en 2028.

Jubilación Demorada

La jubilación demorada también se beneficia de esta reforma. Ahora, los trabajadores podrán recibir un incentivo adicional cada seis meses de demora a partir del segundo año, en lugar de cada doce meses, como se aplicaba anteriormente.

Mejoras para Trabajadores Fijos Discontinuos

Se reintroduce el coeficiente multiplicador del 1,5 para calcular los periodos de cotización necesarios para acceder a prestaciones como la jubilación, la incapacidad permanente y la pensión por muerte y supervivencia. Este cambio mejora significativamente las condiciones de acceso para estos trabajadores.

Estas reformas ofrecen a las empresas y empresarios una mayor flexibilidad y herramientas para gestionar la transición de sus empleados hacia la jubilación. Si necesita más información o asesoramiento personalizado sobre cómo implementar estas medidas en su empresa, no dude en ponerse en contacto con MLT ASESORES. Estamos aquí para ayudarle a maximizar las oportunidades que estas reformas presentan.

Adriana Salas
Escrito por Adriana Salas