Cataluña se adelanta con la nueva Ley de Mediación

11 de noviembre de 2020
Desde hace más de una década, la Unión Europea intenta reforzar el acceso a los medios alternativos de resolución de conflictos y el fortalecimiento de los sistemas de mediación. Por este motivo el Parlamento de Cataluña aprobó la Ley de 9/2020 de 31 de julio, que entró en vigor el pasado 4 de noviembre y que pretende potenciar la mediación en el ámbito de los conflictos familiares, obligando a las partes a someterse a una sesión informativa previa de mediación cuando así se haya pactado.

Sesión de mediación previa para la resolución de conflictos

La ley de mediación dispone que la persona mediadora debe ejercer su función con imparcialidad y neutralidad, con perspectiva de género, garantizando la igualdad entre las partes y la protección de las personas y los colectivos vulnerables. Si es preciso, debe interrumpir el procedimiento de mediación en el caso que la igualdad de poder y la libertad de decidir de las partes no esté garantizada, especialmente como consecuencia de situaciones de violencia.

Así mismo se impone al Gobierno catalán que, en el plazo de un año, elabore un proyecto de ley de prevención, gestión y resolución de conflictos.

¿En qué consiste la sesión informativa obligatoria?

En esta sesión previa se informará a los interesados sobre el valor, las características, los beneficios y los costes de la mediación para que, una vez estudiada esta posibilidad, puedan o no libremente iniciar el proceso de mediación.

En caso de que las partes se pongan de acuerdo en esta sesión, podrían iniciar un estudio del conflicto donde se procedería a escuchar a las partes, asistidas por sus abogadas si así lo quisieran.

Esta sesión será obligatoria cuando las partes así lo hayan previsto con carácter previo o porque la autoridad judicial así lo disponga al iniciar el procedimiento.

¿Qué pasa si no acudo a la sesión informativa?

Se podrá entender como un gesto contrario a la buena fe procesal y, esta ausencia no estará cubierta por la confidencialidad y se comunicará a la autoridad judicial.

El Consejo General del Poder judicial reconoce que el acudir voluntariamente a la mediación no excluye la obligatoriedad de asistir a una sesión informativa previa al proceso pero advierte que la ausencia puede indicar un indicio de mala fe al rechazar una oportunidad de encontrar una solución más económica, rápida y con menos impacto emocional para todas las partes.

¿Qué otras novedades introduce la ley de mediación?

La ley de mediación incluye, además de la obligatoriedad de la sesión informativa, las siguientes novedades:

  • Posibilidad de incluir la mediación en el convenio regulador en los casos de separación o divorcio.
  • Se incorpora de forma expresa la posibilidad de que el convenio regulador incluya pacto de sometimiento a mediación y otros mecanismos alternativos de resolución de conflictos.
  • La obligación de los profesionales colegiados de informar a sus clientes sobre la mediación y otras fórmulas de resolución de conflictos.

Servicio de mediación en Barcelona

Si tienes un conflicto familiar o de carácter civil y necesitas llegar a un acuerdo basado en el entendimiento, no dudes en contactar con nuestros abogados expertos en mediación civil, familiar y comunitaria.

Contactar

Ainoa Calderón
Escrito por Ainoa Calderón