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93 414 47 14Las parejas de hecho pueden acceder más fácilmente a la pensión de viudedad gracias a la creación de un registro de parejas estables en Cataluña.
La reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional y la regulación actual de la Seguridad Social ha evidenciado que con el fin de percibir la prestación de viudedad, es necesario que la pareja de hecho esté inscrita en un registro específico creado por la comunidad autónoma.
El Parlamento catalán pondrá en marcha a partir de enero de 2016, el Registro de parejas estables, adscrito al Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña (Decreto Ley 3/2015). En este, se inscribirá la constitución de la parejas estables, sus modificaciones, y su caso, las extinciones, así como todas aquellas actas de notoriedad otorgadas al efecto.
Hasta ahora en Cataluña no existía un Registro de parejas de hecho autonómico aunque sí en ámbito municipal en algunos ayuntamientos. Esto dificultaba el acceso a la pensión de viudedad a las parejas de hecho catalanas, ya que no cumplían con uno de los requisitos específicos establecidos por Ley Estatal. Por este motivo, era muy importante solventar dicha carencia lo antes posible con la creación de este registro.
Tendrá derecho a la pensión de viudedad la pareja de hecho superviviente que cumpla los requisitos exigidos de ingresos, alta, y cotización establecidos en el artículo 174.3 de la Ley de Seguridad Social:
Además, deberá:
Es de vital importancia que te inscribas en el registro de parejas de hecho de Cataluña para evitar futuros problemas y salvaguardar el derecho de percibir la futura pensión de viudedad. ¿Necesitas un mayor asesoramiento en este tema? ¿Quieres que te acompañemos en la formalización e inscripción? Ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos.