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93 414 47 14Muchos contribuyentes se preguntan si deben tributar en IRPF por las indemnizaciones recibidas por despido o cese laboral. Desde el año 2014 están exentas, eso sí, existen ciertos límites y condiciones.
Si te has quedado en paro recientemente, es importante que sepas que la indemnización que hayas percibido por tu despido o cese del trabajo está exenta de tributación en el IRPF y, por tanto, no deberás declararla en tu Declaración de la Renta. Ahora bien, hasta ciertos límites cuantitativos y hay que tener en cuenta las circunstancias en que se haya producido.
Hasta el 1 de agosto de 2014, no había un límite de exención general. De esta manera, las indemnizaciones por despido o cese laboral estaban exentas de tributación en IRPF, siempre y cuando se cumpliera con la normativa estipulada en el Estatuto de los Trabajadores (ET).
Tras la última Reforma Fiscal, el límite de exención de tributación por IRPF de las indemnizaciones por despido o cese laboral quedó establecido en 180.000 €, de forma que:
Cabe destacar que sólo estarán exentos de tributación en la Declaración de la Renta aquellos importes de la indemnización que marque el Estatuto de Trabajadores. Dicho de otro modo, si tu empresa voluntariamente te pagó una indemnización superior a la que te correspondía por ley, deberás pagar impuestos de esta parte de la indemnización en tu Declaración de la Renta.