Aquellos contribuyentes considerados no residentes a nivel fiscal en España tributan según los gravámenes establecidos de IRNR.
IRNR generales
Desde las modificaciones del 2015, el tipo de gravamen general del IRNR ha quedado fijado en un 24 % para los contribuyentes no residentes y que no disponen de establecimiento permanente dentro de la Unión Europea.
Para los contribuyentes que residen en otro estado miembro de la Unión Europea o del espacio Económico Europeo con el que exista un efectivo intercambio de información tributaria como por ejemplo Islandia y Noruega, se ha ido reduciendo el tipo de gravamen impositivo del IRNR hasta quedar fijado en un 19 % desde el 2016.
Año de Devengo
2011
2012 – 2014
2015
2016 y ss
Tipo impositivo IRNR
24%
24,75%
Residentes UE, Islandia y Noruega: 20% Resto de contribuyentes: 24%.
Residentes UE, Islandia y Noruega: 19% Resto de contribuyentes: 24%
IRNR de pensiones y prestaciones
El tipo de gravamen medio del IRNR sobre las pensiones se obtiene de dividir la cuota por el importe anual de la pensión y de multiplicar este resultado por 100.
Importe anual pensión
Cuota
Tipo aplicable IRNR
De 0 a 12.000€
0€
8%
De 12.000 a 18.700€
960€
30%
De 18.700 en adelante
2.970€
40%
IRNR de dividendos, intereses y ganancias
El tipo de gravamen aplicable a dividendos, intereses y ganancias en el año 2015 alcanzó el 20 %. A partir de 2016, esta cifra disminuyó un punto porcentual alcanzando los mismos niveles que en el año 2011, es decir, el 19 %, y se mantiene para el ejercicio 2017.
Año de devengo
2011
2012 – 2014
2015
2016 y ss
Tipo impositivo
19%
21%
20%
19%
Los conceptos a los cuales se le aplican estos tipos de gravamen en el impuesto de no residentes son los siguientes:
Intereses y otros rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios.
Dividendos y otros rendimientos derivados de la participación en los fondos propios de una entidad.
Rentas derivadas de transmisiones o reembolso de acciones o participaciones representativas del capital o el patrimonio de las instituciones de inversión colectiva.
Resto de ganancias patrimoniales distintas de las incluidas en el punto anterior que se pongan de manifiesto con ocasión de transmisiones de elementos patrimoniales.
Rendimientos de trabajo de no residentes
Personas físicas no residentes con contrato laboral de duración determinada para trabajadores de temporada: 2 %.
Personas físicas no residentes, siempre que no sean contribuyentes del IRPF, que presten sus servicios en Misiones Diplomáticas y Representaciones Consulares de España en el extranjero, cuando no proceda la aplicación de normas específicas derivadas de Tratados Internacionales en los que España sea parte: 8 %.
IRNR de otros rendimientos
Cánones satisfechos a una sociedad asociada residente en un Estado miembro de la Unión Europea o a un establecimiento permanente de dicha sociedad situado en otro estado miembro, siempre que se cumplan determinados requisitos: 0 % a partir del 1 de julio de 2011/ y 10 % hasta el 30 de junio de 2011.
Rendimientos derivados de operaciones de reaseguro: 1,5 %.
Entidades de navegación marítima o aérea residentes en el extranjero, cuyos buques o aeronaves toquen territorio español: 4 %.
Nuestros asesores fiscales están completamente actualizados en materia tributaria internacional y pueden ayudarte a gestionar la presentación del Impuesto de la Renta de no Residentes mediante el modelo 210 o el Modelo 151 de Impatriados.
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