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93 414 47 14El pasado 19 de febrero de 2026 se publicó el Real Decreto 126/2026, que fija el salario mínimo interprofesional (SMI) para este año en 1.221 euros mensuales en 14 pagas, lo que supone 17.094 euros anuales. La nueva cifra representa un incremento del 3,1 % respecto al SMI de 2025 (1.184 euros mensuales) y tiene carácter retroactivo desde el pasado 1 de enero.
Veamos, a continuación, algunos aspectos importantes que se derivan de esta nueva cuantía del SMI.

Como decíamos, el 19 de febrero de 2026 se publicó en el BOE el Real Decreto 126/2026, por el que se fija el salario mínimo interprofesional (SMI) para 2026.
La norma establece las siguientes cuantías, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026:
El incremento supone una subida del 3,1 % respecto al SMI de 2025 (1.184 euros mensuales) y responde al objetivo de adecuación a la normativa europea sobre salarios mínimos adecuados.
Es importante recordar que el salario en especie no puede minorar las cuantías mínimas fijadas. El SMI debe garantizarse en retribución dineraria.
La aprobación del nuevo SMI para 2026 mediante el Real Decreto 126/2026 sitúa el salario mínimo en 17.094 euros anuales, cifra que supera el umbral de rendimientos del trabajo que tradicionalmente había permitido evitar retenciones en muchos casos.
Desde el punto de vista técnico, el problema que se generaba era claro:
Para corregir este efecto, el legislador aprobó el Real Decreto-ley 5/2026, que modifica el tratamiento fiscal de los rendimientos del trabajo vinculados al SMI.
La norma introduce una deducción en la cuota líquida del IRPF por obtención de rendimientos del trabajo, con las siguientes características técnicas:
Es importante subrayar que no se trata de una exención del impuesto, sino de una deducción directa en cuota, lo que implica un impacto más eficaz en términos de carga tributaria efectiva.
Aunque el nuevo SMI supera el umbral que tradicionalmente evitaba retenciones, la combinación de mínimos personales y familiares, reducción por rendimientos del trabajo y la nueva deducción específica, permite que, en muchos casos, el trabajador que percibe exclusivamente el SMI no experimente un incremento real de tributación.
Si eres un trabajador que cobra el SMI, es recomendable:
La aprobación del SMI 2026 exige una revisión técnica inmediata por parte de las empresas. En este sentido se deben tener en cuenta los siguientes aspectos:
El salario mínimo debe analizarse en términos anuales y considerando todos los conceptos salariales, no únicamente el salario base.
Se deben incluir:
Dado que la norma tiene efectos desde el 1 de enero de 2026, las empresas deben:
Requieren especial atención:
La respuesta a esta pregunta que se hacen muchos empresarios es negativa.
La obligación solo afecta a aquellos empleados cuyo salario total anual, sumando todos los conceptos salariales, sea inferior a 17.094 euros.
Si el trabajador ya supera ese umbral en cómputo anual, no existe obligación de incremento automático.
Ante el incremento del SMI y el ajuste fiscal aprobado, muchas empresas pueden valorar sistemas de retribución flexible como herramienta de optimización.
Este sistema permite destinar parte del salario bruto a determinados productos o servicios con ventajas fiscales (seguro médico, transporte público, guardería, etc.), siempre dentro de los límites legales establecidos en el IRPF.
Para las empresas, supone:
Con la normativa vigente (especialmente tras la publicación del Real Decreto 126/2026 y las medidas fiscales del Real Decreto-ley 5/2026) recomendamos a las empresas revisar de forma inmediata la estructura salarial de su plantilla.
Es fundamental identificar a aquellos empleados cuyo salario anual total pueda ser inferior a 17.094 euros, realizando el cálculo en cómputo anual e incluyendo todos los conceptos retributivos.
Además, no debe olvidarse el carácter retroactivo de la norma desde el 1 de enero de 2026, lo que puede obligar a regularizar nóminas ya abonadas.
Una revisión preventiva evita contingencias en inspecciones de trabajo, sanciones administrativas y reclamaciones individuales.
En MLT Asesores contamos con un equipo especializado en fiscalidad, laboral y retribución de personal, que puede ayudarte a interpretar correctamente la normativa del SMI, optimizar tu estructura salarial y asegurar el cumplimiento legal.