Revalorización de las pensiones para 2021

2 de febrero de 2021

La revalorización de las pensiones para 2021 será de forma generalizada del 0,9% y en el caso de las pensiones no contributivas será del 1,8%.

El 27 de enero entró en vigor el Real Decreto 46/2021, de 26 de enero, sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2021, con efectos económicos desde el 1 de enero. Mediante este real decreto se procede al desarrollo y ejecución de las previsiones contenidas, en materia de revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas, en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.

¿A qué pensiones afecta?

La subida de las pensiones establecida en el Real Decreto será de aplicación a las pensiones de incapacidad permanente, jubilación, viudedad, orfandad y en favor de familiares del sistema de la Seguridad Social en su modalidad contributiva, siempre que se hayan causado con anterioridad al 1 de enero del año 2021.

¿Cuánto subirá mi pensión?

Las pensiones causadas con anterioridad al 1 de enero de 2021 y no concurrentes con otras, se revalorizarán el 0,9 por ciento. Es decir que, para el año 2021, la cuantía de las pensiones de jubilación e invalidez, en su modalidad no contributiva, queda fijada en 5.639,20 euros íntegros anuales.

El importe de la pensión, una vez revalorizada, estará limitado a la cantidad de 2.707,49 euros, entendiendo esta cantidad referida al importe de una mensualidad ordinaria, sin perjuicio de las pagas extraordinarias que pudieran corresponder, con un límite máximo anual de 37.904,86 euros. Las pensiones que excedan de dicho importe mensual no se revalorizarán.

¿Cómo se aplicará la revalorización?

La revalorización se aplicará al importe mensual que tuviese la pensión de que se trate a día 31 de diciembre de 2020.

Pensiones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI)

La revalorización de las pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez no concurrentes con otras pensiones públicas, cualquiera que sea la fecha del hecho causante, consistirá en la diferencia entre el importe de la pensión a 31 de diciembre de 2020 y la cuantía de 6.183,80 euros, en cómputo anual.

Ainoa Calderón
Escrito por Ainoa Calderón